viernes, enero 13, 2012

MINIYOBS

Lo primero, sé que no se escribe así, pero yo lo castellanizo. En España, los miniyob han existido siempre, y seguirán existiendo, sin ir más lejos, yo tengo un sobrino que estudia y para sacarse un dinero, los fines de semana trabaja unas horas en un bar, a él le hace falta el dinero, y el dueño del bar necesita el refuerzo de un camarero; la noche de los viernes y los sábados y en los aperitivos de sábados y domingo, y no durante el resto de la semana, ni siquiera durante el resto del fin de semana. Esto es así, le guste o no a los sindicatos, al gobierno o a la patronal. Mi pregunta es, ¿Porqué el empleador se ve obligado a contratarlo en B, sin alta en la SS, sin cotizar a hacienda?, yo estoy casi seguro que si el empleador tuviera la posibilidad de contratarlo en condiciones que no fueran excesivamente gravosas para él, lo haría, y mi sobrino cotizaría. Pero como él hay muchos, yo a mi alrededor os podría poner muchos ejemplos. Creo que la reforma laboral, que se estudia, debería contemplar esta posibilidad, este tipo de contratos, para que todo ese "trabajo" inestable y altamente temporal, al menos cotizara. Entrecomillo la palabra trabajo, porque quizás no debería llamarse así, y por lo tanto los "trabajadores" que los realizaran deberían seguir cuantificándose como "parados", pero al menos, se incrementaría la recaudación y se mejoraría la seguridad laboral de estos empleados.

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